lunes, 21 de septiembre de 2015

Ley antitabaco: una insólita explicación por la falta de control



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Ojos irritados y dificultad para respirar. Todo a causa del cigarrillo. Esto sucede en los boliches pese a que hay 2 leyes, una provincial (7.595) y otra nacional (26.687), que prohíben fumar en este tipo de lugares. A esto se suma que nadie controla que estas normas se respeten. Desde la Policía Ecológica, autoridad de aplicación de la norma provincial dieron una insólita explicación sobre la falta de control en los locales bailables: ’en los boliches son muchas las personas que fuman y si le hacemos actas de infracción a todas vamos a interrumpir la actividad del local, por eso no hacemos controles en estos lugares’, dijo Pedro Noriega, jefe de esta división policial.

El Diario de Cuyo  realizó un relevamiento por 10 boliches de Capital. En todos corroboró la presencia de fumadores y la ausencia de control.
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Noriega dijo que no hacen los controles para no ‘entorpecer la actividad de estos sitios‘. Sin embargo, la Policía de la provincia visita estos mismos lugares para controlar que se cumpla la ley seca. Para ello ingresa a los locales para verificar que no haya menores y que no se venda bebidas alcohólicas después de las 3.30. 

Hace 8 años la provincia aprobó la ley provincial 7.595 que, entre otras cosas, prohibe fumar en lugares cerrados sean públicos como privados (artículo 3). Y si bien hay algunos cafés o restoranes donde puede encontrarse ocasionalmente algún infractor, en los boliches no se respeta esta norma principalmente por la falta de control según pudo corroborar este diario. 

Desde la Policía Ecológica dijeron que ‘hacemos controles por los cafés y restoranes. En estos lugares la gente respeta la ley. Sale del local para fumar o se sienta en las mesas al aire libre. En los boliches hay fumadores, pero no hacemos controles porque, a mi criterio, respeto el artículo 26 de la ley 7.196 que dice que los controles deben ser expeditos y no tienen que interferir con en el normal desarrollo de la actividad de esparcimiento’, dijo Noriega.

El resultado de la ausencia de controles se ve en los juzgados de Falta. Horacio Morando, del Primer Juzgado de Faltas, dijo que en lo que va del año no recibió ninguna acta de infracción por fumar en lugares prohibidos. Y que el año pasado, sólo tuvo dos. Son los fumadores que infringen la ley los que pueden ser multados con sumas que van de los 70 a 700 pesos, no el dueño del local.

La ley 7.595 también exige que los lugares cerrados con acceso público, como los boliches, deben exhibir carteles con la inscripción de ’Prohibido fumar’. Los 10 que visitó DIARIO DE CUYO, lo tienen. 

En el 2011 se sancionó la ley nacional 26.687 que también prohíbe fumar en lugares cerrados. San Juan adhirió a esta norma, pero aún no determina quién se hará cargo de controlar que se respete y, por lo tanto, aún no se aplica.

Otro relevamiento

Resultado de imagen para contaminacion en boliches por cigarrillosLos datos del relevamiento que realizó este diario por los boliches, coinciden con los del relevamiento que desarrolló Sofía Nievas Romano, cardióloga sanjuanina miembro de la Alianza Libre de Humo Argentina. Visitó 6 boliches, y en todos encontró fumadores. También relevó 32 bares, en todos encontró fumadores y la existencia de colillas de cigarrillo y ceniceros. El 95% de estos locales tenía exhibido el cartel de prohibido fumar.

’En el marco de este relevamiento también visité restoranes y cafés donde hay un sector para fumadores y no fumadores. Medí la polución ambiental en ambos sectores y el resultado fue el mismo nivel de contaminación por humo de cigarrillo en los dos. Es que estos sectores están divididos por una estructura que incluye una puerta que permanece todo el tiempo abierta y que permite el acceso del humo’, dijo Nievas.

Por este motivo, la especialista junto a la Alianza Libre de Humo en Argentina, está trabajando en un proyecto de comunicación para solicitarle al Gobierno que determine quién será la autoridad de aplicación de la ley nacional 26.687, ya que en ella se establece cuáles son las condiciones edilicias que deben tener los sectores para no fumadores para evitar contaminación.

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